domingo, 5 de mayo de 2019

Recomendaciones OIT


Recomendaciones de los organismo asociados la OIT


La negociación colectiva de los trabajadores no sindicalizados (pactos colectivos)
En el Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones para la Conferencia Internacional del trabajo en su 101 reunión del 2012 en relación a la aplicación del convenio 98 afirma:

  •           Hace una observación aclarando que los pactos colectivos no deben ser utilizados para contrariar u obtener mayores beneficios que las organizaciones sindicales, si no por el contrario, en las empresas donde haya trabajadores sindicalizados, no tendría por que haber dos grupos diferentes que en esencia buscan el mismo objetivo. Se prevé en la ley 1453 del 2011 que quienes otorguen mejores condiciones a los convenios y pactos colectivos por encima de los sindicatos, pueden ser sancionados con penas privativas de la libertad y sanciones económicas de 100 a 300 smlmv.


Durante la misma comisión en su edición numero 99 en el año 2010 se aclara:

  • ·         Que la comisión le pide al gobierno tener estricta vigilancia con los pactos colectivos que sean conformados en presencia de organizaciones sindicales, y que los pactos, efectivamente sean utilizados únicamente cuando aplique los requisitos.


Hechas las aclaraciones por parte de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo, se pretende que se anule la distorsión del Ley 50 de 1990 al demostrarse que en realidad varios pactos colectivos si han buscado la desaparición de las organizaciones sindicales, abriéndose paso para lograr mayores pretensiones y beneficios que quienes están sujetos a este rol. Lo idea, sería que, en Colombia, se ajustara a las recomendaciones de estos organismos, sin embargo, aun no se dan estas condiciones.

Referencias


Leon, F. R. (2012). Analisis de los efectos de las recomendaciones de la Organizacion Internacional del Trabajo sobre el cumplimiento de los Convenios 87 y 98 por parte del estado Colombiano. Dialogos de Saberes, 49 - 67.

1 comentario:

  1. A Lo largo de las semanas de investigación a cerca de los pactos colectivos, puedo decir que estos han sido tomados en algunos casos como una manera mas amable de las empresas de lidiar con las solicitudes de sus empleados de alguna manera restandole importancia a los sindicatos por los problemas que pueden generarles como es las huelgas colectivas donde el funcionamiento de la empresa se ve afectada.

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